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¿Cómo abrir una empresa en Chile siendo extranjero?
RUT de inversionista, SpA o sucursal, representante legal con domicilio en Chile y cada etapa del proceso, del registro en el SII a la cuenta bancaria.
En este artículo
- Lo que exige la ley chilena — y lo que no exige
- Paso 1 — Obtener el RUT de inversionista extranjero
- Paso 2 — Elegir entre constituir una nueva sociedad o abrir una sucursal (agencia)
- Paso 3 — Inscripción en el RUT de la persona jurídica e inicio de actividades
- Paso 4 — Patente municipal y demás obligaciones
- Errores más comunes
- Preguntas frecuentes
- Conclusión
Un extranjero puede ser dueño del 100% de una empresa chilena sin residencia, sin visa y sin socio local. Lo que traba este proceso, en la práctica, no es la ley societaria — es un documento que necesita “viajar” antes de que cualquier sociedad pueda constituirse: el RUT del inversionista extranjero. En junio de 2026 el Servicio de Impuestos Internos (SII) actualizó el procedimiento de obtención de RUT y de aviso de inicio de actividades, lo que cambia parte de lo que se encuentra en contenidos publicados antes de esa fecha.
Lo que exige la ley chilena — y lo que no exige
La legislación chilena no condiciona la titularidad de una sociedad a la nacionalidad ni a la residencia del socio. Un extranjero puede figurar como accionista único de una Sociedad por Acciones (SpA) chilena residiendo en el extranjero, sin haber pisado nunca Chile.
Lo que la ley exige es:
- que todo socio, accionista o representante tenga RUT (Rol Único Tributario);
- que, sin domicilio ni residencia en Chile, el inversionista designe un representante o mandatario con domicilio o residencia en el país, con poder suficiente para actuar ante el SII;
- que, para ejercer la representación legal de la sociedad ante el SII (como administrador, gerente o director), esa persona sea chilena o extranjera con residencia definitiva, o residencia temporal que autorice actividad remunerada — un extranjero con visa de estudiante, visa sujeta a contrato o en calidad de dependiente no puede asumir ese rol.
Esto significa que socio y representante legal son figuras distintas: se puede ser dueño del 100% de las acciones sin poder firmar ante el SII en el día a día — para eso, alguien domiciliado en Chile debe ejercer esa función.
Paso 1 — Obtener el RUT de inversionista extranjero
Antes de cualquier trámite societario, el inversionista sin domicilio ni residencia en Chile necesita inscribirse en el RUT ante el SII. Desde la Resolución Ex. SII N.° 77, de 26 de junio de 2026, el procedimiento sigue estas líneas generales:
- Nombrar un representante o mandatario con domicilio o residencia en Chile, mediante poder (carta poder o mandato).
- Si el poder se otorga en el extranjero, debe estar traducido al español (cuando corresponda) y legalizado o apostillado — Chile aplica el Convenio de la Apostilla de La Haya desde 2016, lo que exime de la legalización consular chilena cuando el documento ya está apostillado.
- El representante presenta la solicitud de inscripción en el RUT a través de la carpeta tributaria electrónica del SII, adjuntando el pasaporte (o documento de identidad del país de origen) del inversionista y el poder de representación.
- El SII responde, por regla general, en pocos días hábiles cuando la documentación está completa.
Este es un RUT sin inicio de actividades: sirve solo para que la persona o sociedad extranjera figure como titular de algo en Chile — acciones, bienes raíces, vehículos o participaciones societarias.
Nota de responsabilidad: el procedimiento descrito refleja la Resolución Ex. SII N.° 77/2026, que actualizó las instrucciones sobre inscripción en el RUT y aviso de inicio de actividades vigentes a la fecha de publicación de este artículo. El SII puede emitir nuevas resoluciones o circulares complementarias; consulte siempre el sitio oficial (sii.cl) antes de iniciar el trámite.
Paso 2 — Elegir entre constituir una nueva sociedad o abrir una sucursal (agencia)
Existen, en la práctica, dos caminos para operar en Chile:
Constituir una sociedad chilena nueva
La opción más común para inversionistas extranjeros es la Sociedad por Acciones (SpA), regulada por el artículo 424 y siguientes del Código de Comercio. Permite:
- un único accionista (no exige socio local);
- distintas clases de acciones y reglas de gobierno corporativo flexibles;
- constitución a través del Registro de Empresas y Sociedades (régimen simplificado de la Ley N.° 20.659) o por el régimen general, con escritura pública.
El régimen simplificado (“empresa en un día”) permite constituir la sociedad en aproximadamente 24 horas cuando quien firma es chileno con firma electrónica avanzada. Para un socio extranjero con solo RUT de inversionista, el propio portal del Registro de Empresas y Sociedades no admite firma electrónica de quien firma como apoderado, representante o extranjero con RUT de inversionista — en esos casos, la firma debe realizarse ante notaría, lo que normalmente agrega algunos días al proceso.
Abrir una agencia (sucursal) de empresa extranjera
Si la intención es que la propia empresa extranjera opere en Chile — y no constituir una persona jurídica chilena nueva —, el camino es la agencia de sociedad extranjera, regulada por los artículos 447 a 450 del Código de Comercio chileno. El proceso exige que el agente o representante protocolice ante notaría chilena, con traducción al español cuando sea necesario y debidamente legalizados o apostillados:
- los documentos que acrediten la constitución regular de la sociedad en el país de origen y un certificado de vigencia;
- copia auténtica de los estatutos vigentes;
- un mandato otorgado por la sociedad al agente, con poderes amplios para operar en su nombre en Chile.
En la misma fecha de la protocolización, mediante escritura pública ante el mismo notario, el agente declara en nombre de la entidad: el nombre con el que operará en Chile y su objeto social; que conoce y se somete a la legislación chilena; que los bienes de la entidad quedan afectos a las leyes chilenas para responder por obligaciones contraídas en el país; el compromiso de mantener en Chile bienes de fácil realización para esas obligaciones; el capital efectivo destinado al giro en Chile; y el domicilio de la agencia principal en el extranjero.
Un extracto de esa protocolización y de la escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio correspondiente al domicilio de la agencia y publicarse una única vez en el Diario Oficial, dentro de los 60 días contados desde la protocolización.
Sociedad nueva o sucursal: ¿cuál elegir?
| Criterio | SpA (sociedad nueva) | Sucursal (agencia) |
|---|---|---|
| Personalidad jurídica | Nueva persona jurídica chilena | Extensión de la empresa extranjera |
| Socio único | Permitido | No aplica (no hay socios, hay matriz) |
| Constitución | Registro de Empresas y Sociedades o escritura pública | Protocolización + escritura pública + Diario Oficial |
| Responsabilidad | Limitada al capital de la SpA | Bienes de la matriz quedan afectos a las obligaciones en Chile |
| Uso típico | Operación chilena independiente, con socios distintos de la matriz | Extensión directa de una operación ya existente en el extranjero |
Paso 3 — Inscripción en el RUT de la persona jurídica e inicio de actividades
Concluida la constitución (sea SpA o sucursal), la sociedad obtiene su propio RUT — en el caso de las sociedades constituidas bajo el régimen de la Ley N.° 20.659, el RUT se asigna automáticamente al firmar el formulario en el portal del Registro de Empresas y Sociedades.
A continuación, si la empresa va a desarrollar efectivamente actividad en Chile (y no solo mantener participaciones o bienes), es necesario presentar el Aviso de Inicio de Actividades ante el SII, dentro de dos meses contados desde el inicio efectivo de las operaciones. Esto exige, entre otros puntos:
- comprobación de domicilio en Chile (contrato de arriendo, escritura o autorización del propietario);
- identificación del representante legal, quien — si es extranjero — necesita visa de residencia que permita actividad remunerada;
- descripción de la actividad económica y de los códigos correspondientes.
Las sociedades constituidas solo para mantener inversiones (compra de acciones, participaciones, inmuebles) sin desarrollar actividad en Chile no están obligadas a dar aviso de inicio de actividades.
Paso 4 — Patente municipal y demás obligaciones
Las empresas que venden productos o servicios en Chile necesitan patente comercial, emitida por la municipalidad donde está el domicilio legal de la sociedad, además de cumplir con las obligaciones contables y tributarias corrientes (declaración de renta, IVA cuando corresponda, remuneraciones si hay empleados).
La publicación en el Diario Oficial es gratuita para sociedades con capital de hasta 5.000 UF; por encima de eso, hay un costo de publicación proporcional al capital declarado.
Errores más comunes
- Confundir socio con representante legal. Ser accionista no autoriza a firmar ante el SII; para eso se requiere la condición migratoria adecuada.
- Asumir que el proceso siempre dura 24 horas. Eso solo aplica cuando quien firma tiene firma electrónica avanzada chilena — lo que normalmente no es el caso del inversionista extranjero sin residencia.
- Dejar vencer el poder de representación. El SII exige documentación con vigencia máxima de un año; los poderes antiguos deben renovarse.
- No regularizar el inicio de actividades cuando la empresa comienza a operar realmente. La ausencia del aviso dentro del plazo de dos meses genera multa.
Preguntas frecuentes
¿Un extranjero sin residencia puede ser dueño del 100% de una empresa chilena?
Sí. La legislación no exige socio local ni residencia para ser titular de participaciones societarias en Chile — solo exige RUT y, cuando corresponda, representante domiciliado en el país.
¿Es posible constituir la empresa sin viajar a Chile?
Sí, mediante representante con poder debidamente apostillado o legalizado. La firma ante notaría chilena, cuando se exige, también puede realizarla el representante.
¿Cuánto tiempo demora todo el proceso?
La obtención del RUT de inversionista suele tomar pocos días hábiles cuando la documentación está completa. La constitución de la sociedad en sí varía entre uno o dos días (régimen simplificado) y hasta cerca de dos semanas (régimen de escritura pública), dependiendo del tipo societario y de la necesidad de notaría.
¿RUT de inversionista y visa de residencia son lo mismo?
No. El RUT es un número de identificación tributaria; no otorga residencia, derecho a trabajar ni permanencia en Chile.
Conclusión
Abrir una empresa en Chile como extranjero es, en esencia, un proceso de documentación bien organizada: RUT del inversionista, poder de representación válido y la elección correcta entre constituir una sociedad nueva o abrir una sucursal de la empresa ya existente. La parte que más genera atrasos no es la burocracia migratoria, sino la falta de planificación en torno a quién representará a la empresa en el día a día ante el SII. Antes de iniciar el trámite, vale la pena conversar con quien sigue de cerca los cambios normativos del SII y del Registro de Empresas y Sociedades — Global & Co. acompaña este tipo de estructuración para clientes internacionales que invierten en Chile.
Nota de responsabilidad: este artículo refleja la legislación y los actos administrativos vigentes a la fecha de publicación, incluyendo la Resolución Ex. SII N.° 77/2026. En caso de que se publiquen nuevas regulaciones con posterioridad, este contenido podrá ser actualizado.
Este contenido tiene una finalidad exclusivamente informativa y fue elaborado con base en la legislación vigente a la fecha de su publicación. No constituye asesoría jurídica, tributaria ni contable. Cada situación debe ser analizada individualmente por profesionales calificados.